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Compromisos

De los compromisos:

Del reportero:
En su labor, deberá apegarse primeramente a los hechos por él presenciados, también a los documentos y los testimonios directos; mas cuando lo haga a las opiniones,
habrá de buscar los puntos de vista de todos los implicados y presentar informaciones equilibradas.
A todo reportero predilección partidista, religiosa, etc. Ésta puede regir su vida como ciudadano, pero en ningún caso deberá prejuiciar su labor profesional informativa.
Los reporteros con el legítimo interés de participar en actividades públicas deben asegurarse que su actuación no entre en conflicto real o aparente con su actividad profesional de informar.
Deben evitar establecer relaciones económicas, personales y políticas, que inhiban de cualquier manera su trabajo informativo. Si en la labor periodística los reporteros deben acudir a desayunos, comidas, espectáculos, encuentros deportivos, convivencias, giras o viajes patrocinados por fuentes informativas, ello nunca implicará que se comprometa la seriedad y objetividad de la información que recaben.
Deben evitar favores, regalos, ayuda económica, subsidios u otros beneficios provenientes de fuentes noticiosas que le impliquen compromisos o que comprometan la independencia y objetividad de su labor en el diario. Los artículos de valor nominal relevante deberán ser regresados, en apego a la normatividad que regula estos casos para la función pública.
Debe evitar tener un papel relevante en organizaciones que de hecho le generen compromisos inaceptables, firmar peticiones o participar en protestas que puedan confundir su función informativa.
No deben tener compromisos económicos o laborales, tampoco deben hacer gestiones en nombre de su labor periodística ante las fuentes para beneficiarse personalmente o beneficiar a terceras personas.
Deben evitar estar involucrados en las noticias que ellos cubren.
Se debe respetar el derecho a la intimidad e imagen de todos los ciudadanos al desarrollar labores informativas, teniendo presente que sólo la defensa del interés público justifica intromisiones o indagaciones sobre la vida privada de una persona sin previo consentimiento. En cualquier caso, es necesario consultar a la vicepresidencia editorial o a la jefatura de información para indagar asuntos de vida privada de funcionarios públicos, privados o cualquier otro personaje accidental o protagonista de los hechos noticiosos.
En el caso de declaraciones textuales, se deben respetar éstas escrupulosamente y redactarlas de preferencia entre comillas, sobre todo cuando se trate de asuntos centrales, importantes o destacables de la información.
Se considera que una declaración puede ser modificada sólo si: es para corregir la gramática que puede hacer que la declaración sea confusa o presentar al entrevistado como incoherente, o para evitar el vocabulario que no sea esencial en la nota (muletillas, reiteraciones, etcétera).
Está vedada la mentira, la difamación o el insulto en el ejercicio profesional y responsable del periodismo.
En el tratamiento informativo de los asuntos en que medien elementos de dolor o aflicción en las personas afectadas, el reportero deberá evitar la intromisión gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sus sentimientos y sus circunstancias.
En el caso de informaciones que se manejan a través o desde los tribunales de justicia, el reportero deberá asumir el principio de que toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario.
El reportero deberá evitar nombrar en sus informaciones a las víctimas de un delito, así como cualquier otro material que pueda contribuir a su identificación, actuando con especial cuidado en los casos de delitos sexuales.
También deberá evitar poner con nombres y apellidos a los familiares o amigos de personas acusadas o condenadas por algún delito, salvo que su mención resulte necesaria para que la información sea completa y/o equilibrada.
Los criterios antes mencionados deberán aplicarse con mayor rigor cuando la información puede afectar a menores. El reportero deberá abstenerse de entrevistar, fotografiar, videograbar o grabar a los menores de edad sobre temas relacionados con actividades delictivas o enmarcables en el ámbito de la privacidad.
El reportero extremará su celo profesional en cuanto al respeto a los derechos de los más débiles y los discriminados. Debe mantener una especial sensibilidad en los casos de informaciones u opiniones de contenido eventualmente discriminatorio o susceptible de incitar a la violencia o a prácticas degradantes o inhumanas.
Debe por ello, abstenerse de aludir de modo despectivo o con prejuicios a la raza, color, religión, origen social, sexo o sexualidad de una persona o a cualquier enfermedad o minusvalía, física o mental, que padezca.
Debe abstenerse también de publicar tales datos salvo que guarden relación directa con la exactitud de la información recabada. Debe, en general, evitar expresiones o testimonios vejatorios o lesivos para la condición personal de los individuos y su integridad física y moral.
El reportero respetará y hará respetar los derechos de autor que se deriven de cualquier actividad creativa.
No es válido emplear de manera ilegítima información recabada por otros periodistas.
Los lectores deberán tener seguro que lo publicado es fruto del trabajo original y propio. A menos que se indique de manera expresa cuál es la fuente de información.
No es válido emplear trucos, engaños, disfraces o hacerse pasar por otra persona para obtener información. Tampoco es válido utilizar grabadoras, cámaras o videocámaras escondidas, porque esto mina seriamente la credibilidad y la confianza en nuestro diario. Los reporteros de Síntesis no grabarán declaraciones sin el consentimiento expreso de quienes son entrevistados.
Debe evitar el uso de fuentes anónimas. Sólo excepcionalmente y con el conocimiento
expreso de la jefatura de información o de la vicepresidencia editorial, se podrán publicar datos de fuentes anónimas preferencia se deberá confiar la fuente anónima a las instancias superiores antes mencionadas. En cualquier caso, dependerá de estas últimas que se publique o no dicha información, respetando el derecho a la secrecía de la fuente confidencial.
Ejercer el secreto profesional no puede convertir al reportero en cómplice de actividades delictivas ni lo obliga a callar cuando está en juego la vida o la integridad física de las personas o cuando se atenta al bienestar común o a la seguridad nacional.
Estos compromisos deben ser asumidos también como propios por los reporteros gráficos.

 

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De la redacción:
Se deberán acatar todos los anteriores y además:
Reconociendo que el idioma español es un ente vivo y que se transforma constantemente, el lenguaje que utilice el diario deberá ser de fácil y rápido entendimiento, en apego y respeto a las reglas básicas reconocidas del idioma y al uso común, sin perder de vista la globalización como un fenómeno cotidiano de incorporación de nuevos vocablos.
Se deberá privilegiar la información recabada por nuestros reporteros de fuentes directas, aunque también se puede recurrir a los boletines de prensa, a las agencias informativas y al trabajo de gabinete para complementar los datos. Todo con el fin último de ofrecer a nuestros lectores la información más completa y amplia de los hechos informativos.
El contenido real de una fotografía informativa en principio no debe ser alterado o manipulado, excepto para propósitos ilustrativos, en cuyo caso se deberá indicar claramente qué tipo de modificación y por cuales medios se le hicieron, además de los respectivos créditos de fotógrafos, infografiadores y digitalizadores.
Se deberá distinguir claramente cuando se publica una foto del día y el lugar de los hechos; o cuando se recurre al archivo, al boletín informativo o a alguna otra fuente impresa o virtual, o de algún otro archivo particular o institucional.
Deberá distinguirse de manera especial lo que es información de lo que es opinión.
Asimismo, también se deberá diferenciar claramente lo que es información y publicidad. Se entiende éticamente incompatible el ejercicio simultáneo de las profesiones periodísticas y publicitarias sin aclaración.
Se deberá ejercer el derecho inalienable de la libertad de información, es decir, ejercer la libertad de investigar noticias, de publicarlas y someterlas al juicio de la crítica pública de acuerdo con la veracidad sustancial de los hechos. Se puede admitir que haya restricciones en el acceso a la información retenida por instituciones de gobierno o por particulares, siempre y cuando dichas restricciones sean necesarias para la protección de la sociedad democrática, de la seguridad nacional y de los derechos fundamentales de los demás.
Cuidado especial y meticuloso deberá tenerse en los encabezados, títulos y pies de foto, responsabilidad exclusiva de la redacción. La información contenida en éstos deberá apegarse estrictamente al contenido informativo.
En el caso de las encuestas, la redacción deberá garantizar a nuestro lector que las que se publican responden a los mínimos índices de metodología científica. La vitrina metodológica y el patrocinio del sondeo, la distinción de las simples entrevistas callejeras, etcétera, deben ser definidas explícitamente al publicar encuestas.
El derecho de réplica debe ser acatado escrupulosamente, siempre y cuando éste se apegue a las normas éticas aquí referidas, que no exceda el espacio de la información que originó la réplica y que se identifique plenamente la autenticidad de su autoría.

 

 

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De los columnistas:
En Síntesis entendemos como columnistas a aquellos analistas de diversos temas que tienen un espacio y días fijos para publicar sus textos básicamente opinativos.
Por otra parte tenemos a los colaboradores eventuales, especialistas en temas específicos y que mandan su material esporádicamente. Ambos tipos de materiales son de singular importancia ya que ayudan en mucho a que nuestro diario sea no sólo informativo, sino también formativo.
El análisis, la interpretación y la seriedad de la labor crítica distinguen y realzan en mucho la labor periodística. Las opiniones de nuestros columnistas deben reflejar la pluralidad y diversidad de ideas de la sociedad mexicana.
Es imperativo entender que criticar no es insultar ni denostar.
Las columnas de opinión deben mostrar lo mejor del pensamiento crítico y no dejarse llevar por superficialidades como las intromisiones a la vida privada, las alusiones personales, etcétera.
Los nuevos y muy mexicanos géneros como la columna de chismes políticos y de filtraciones son responsabilidad exclusiva de sus autores, pero deberán acatar también este Código de ética.

 

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De la empresa:
Es deber de la empresa respetar la labor editorial y periodística que desarrollan los profesionales a su servicio.
Se reconoce que la propiedad de un medio de comunicación no conlleva el derecho de propiedad de la información, pues el titular del poder de la información es la propia sociedad a la que servimos.
Reconocemos que la sociedad tiene derecho a recibir opiniones, información e ideas que tienen que ver con los asuntos públicos. Los intereses políticos y comerciales no podrán obstruir el derecho a informar a la sociedad, ni el derecho de ésta a recibir una gama de productos culturales y de información diseñados para una amplia diversidad de gustos e intereses.
También debe haber la conciencia de que la sociedad a la que servimos tiene pleno derecho a recibir información sin restricción de todo nivel de gobierno y de asuntos de interés público retenidas por el gobierno o particulares. Se aceptan las restricciones si éstas son necesarias para la protección de la seguridad nacional, de la sociedad democrática y de los derechos y garantías individuales de los demás.
Es deber de la empresa editorial la defensa de cualquier periodista agredido o vejado en el cumplimiento de su trabajo.
Deberá establecer convenios o acuerdos económicos con entes públicos o privados, tomando en cuenta que el tener estos compromisos publicitarios no implica contraer compromisos que deformen, desvirtúen o inhiban el derecho de los lectores a estar informados.
Deberá respetar el trabajo del reportero y/o el periodista, por lo que no podrá obligarlo a realizar trabajos contrarios a su conciencia o a actuar en contra de las normas éticas generalmente aceptadas para el ejercicio de su profesión.
En el ejercicio profesional, el periodista deberá actuar siempre de acuerdo con su conciencia.
Puebla, Pue. Otoño 2003.

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